Argentina.- En España, donde no es delito consumir drogas de forma individual o colectiva, la donación con fines compasivos ni la compra mancomunada para autoconsumo, se produjo el emergente de los Clubes Sociales de Cannabis: personas adultas previamente consumidoras que se asocian para cultivar cannabis sin fines de lucro.
Ésta se presenta como una normativización alternativa a la legalización abierta al estilo del tabaco y el alcohol o de los coffe shop holandeses, hoy son presionados a cerrar sus puertas a turistas, acercándose al concepto de club social. La producción colectiva evita los males de las mercancías del sistema capitalista donde la ganancia se polariza en los intermediarios, explotando a los trabajadores y generando mercancías adulteradas.
Antecedentes legales de los clubes de cultivo
Uno de los objetivos de las asociaciones cannábicas españolas era autoabastecerse legalmente. Los primeros intentos los realizó ARSEC –Asociación Ramón Santos de Estudios del Cannabis- de Barcelona, que preguntó a la fiscalía antidroga sobre la realización de un cultivo colectivo. Ésta que respondió que en principio no sería un delito, aunque posteriormente incautaron el cultivo destinado a unas 100 personas. La audiencia provincial absolvió a los responsables, pero la fiscalía recurrió al Tribunal supremo. Otras asociaciones siguieron su camino como Kalamundia de Bilbao, que realizó en 1997 una plantación de unas 600 plantas destinadas a 200 personas, entre las que había políticos en funciones, artistas, sindicalistas, profesionales de la salud, etc. El cultivo logró recogerse sin obstáculos legales.
Luego de que el tribunal supremo falle en contra de ARSEC dando una condena de prisión en suspenso y sanciones económicas a los directivos, la asociación Kalamundia se declaró en desobediencia. Repitió sus cultivos en 1999 y 2000 recogiendo con normalidad y sin oposición, de manera que le dieron un carácter estable a los cultivos.
El gobierno regional de Andalucía encargó un informe jurídico de la posible regulación de lugares de consumo y suministro de cannabis. Los autores Muñoz y Soto consignaron que deberían ser centros no abiertos, sino restringidos a fumadores habituales de hachís o marihuana. Se trataría de un consumo privado entre consumidores habituales en los que se podrá adquirir cantidades de consumo normal. El informe no se publicó oficialmente pero si en medios jurídicos, y si bien el dictamen técnico no era vinculante, diversas instituciones siguieron sus lineamientos. Las asociaciones regularizaron en sus estatutos el uso de cannabis de sus miembros y la posibilidad de crear espacios para el consumo y el cultivo social. El primero fue el Club de Catadores de Cannabis de Barcelona (CCCB), en 2001.
El tribunal supremo falló en 2001 y2003 a favor del cultivo colectivo sin fines de lucro, contradiciendo su sentencia anterior contra ARSEC.
Luego de ello diversos fallos consideraron legales los cultivos de varios clubes cannábicos. Entre ellos uno de los mas resonantes fue el que involucró a Martín Barriuso y tres miembros mas de Pannagh fueron detenidos y el cannabis incautado. Esto generó debates enla Comisión Europeapor lo contradictorio, y en un fallo sin precedentes los imputados fueron desprocesados y les fueron devueltos los17 kg. Marihuana, hecho que tuvo gran difusión mediática y estimuló el surgimiento de nuevas asociaciones.
La forma legal de los Clubes Sociales de Cannabis
La Federación de Asociaciones Cannábicas (FAC) ha elaborado un modelo legal y de gestión para dar un marco regulatorio al fenómeno de los clubes de consumidores en España. Hay entre 100 y 300 funcionando en diferentes regiones sobre todo en las que existe mayor tolerancia social como Cataluña y el país vasco. Los pasos para formar un Club Social de Cannabis comienzan con la inscripción de la asociación en el registro jurídico. Luego se firma un acuerdo colectivo de cultivo, realizado en base a la previsión del consumo de cada miembro. Si el club es pequeño el cultivo y distribución puede realizarse en la casa de alguno de los miembros, así como los cuidados pueden estar a cargo de uno de ellos. Clubes mas grandes alquilan o compran inmuebles y pagan a cultivadores profesionales. La contabilidad de lleva de forma exhaustiva para fiscalizaciones posteriores. La distribución se realiza en la sede de la asociación, donde sólo pueden entrar miembros del club y acompañantes mayores de edad. El reparto se hace en cantidades equivalentes al consumo de la semana, a razón de 2 o 3 gr./día (mayor en algunos usuarios medicinales), para no obligar al socio a acudir a diario. También disponen normalmente de sitios destinados al consumo.
Los socios abonan cuotas proporcionales a su consumo, destinadas a la gestión, producción, almacenamiento, distribución, etc. Los posibles beneficios económicos se destinan a actividades sociales y culturales, como cursos, conferencias, asesoría legal y médica, etc.
Para ingresar al club se debe tener el aval de dos socios de que el aspirante es realmente consumidor de cannabis o presentar un informe médico que señale que padece una enfermedad para la que está indicado.
Conclusiones
En nuestro país la tenencia para consumo está penalizada y eso imposibilita la traslación directa de la estructura de los clubes sociales. Pero una próxima despenalización de la tenencia de drogas lo habilitaría. Esto pensamos que sería un paso intermedio fundamental para evitar que el cannabis se convierta en una mercadería más, sujeta a las vicisitudes del mercado capitalista, que polariza la ganancia en pocas manos y genera productos adulterados y de baja calidad, como los aditivos cancerígenos al tabaco o los alcoholes artificiales y deficiente formulación, siempre buscando más ganancia a menor costo. Los clubes sociales de cultivo son una opción que acompaña el autocultivo, donde los socios tienen posibilidad de atestiguar e incluso ser parte activa de los procesos de producción, así como de la administración de los recursos. No todas las personas tienen tiempo, espacio o posibilidad física de cultivar, sobre todo si se trata de pacientes, y de esta manera las personas podrían procurarse un material correctamente producido, ya que se cultivarían para sí mismas y con estos dispositivos comunitarios llenar los espacios no cubiertos por el cultivo individual.
En Argentina y otros países de Latinoamérica podrían implementarse oficinas del fuero civil administrativo, que lleven un registro y control de las plantaciones de las diferentes agrupaciones activas y aquellas que se vayan incorporando y de esa manera se mantenga controlado el fenómeno. Esto sería un gasto mucho menor para el Estado que pagar la estructura judicial y penal para perseguir a los usuarios. Esta oficina fiscalizaría las actividades y cultivos de las asociaciones, teniendo en cuenta la variabilidad del cultivo interior y exterior, la necesidad de sexado si el cultivo se inicia de semillas, las adversidades del jardín, como cambios climáticos, pestes, robos, etc, además del acopio para el consumo del año en curso.
Se podría evitar en parte los daños sociales de la penalización y encarcelamientos de los usuarios, y el gasto jurídico que ocasiona, verdadera malversación de fondos del estado, liberando recursos del poder judicial para que sean utilizados en la persecución de verdaderos delitos. Impactaría eficazmente contra el narcotráfico, desfinanciando al menos parte del volumen de dinero ilícito con el que opera. Se crearían puestos de trabajo y blanquearían las operaciones de producción y consumo, aportando en impuestos para la mejor redistribución por parte del Estado. En una Latinoamérica Unida que busca lineamientos racionales en sus políticas públicas, las políticas de drogas deben incluir en su desarrollo la posibilidad del cultivo y autoabastecimiento colectivo de cannabis.
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