El Juzgado de lo Penal 2 de Logroño ha absuelto a M.T.C., natural de Barcelona y vecino de Arnedillo, de un delito contra la salud pública por el que el Ministerio Fiscal solicitaba para él una pena de dos años de prisión. Tras la vista oral, quedó probado que el joven, de 34 años, poseía en su domicilio una plantación de 50 ejemplares de cannabis sativa y aparatos tecnológicos para su cultivo.
En un registro realizado en su domicilio el 7 de marzo de 2008, encontraron las plantas, con un peso de 1.016,74 gramos, con una riqueza del 10,9%; cinco bolsitas que contenían 100,63 gramos, con una pureza del 16,4%, y una caja de metal con 26,45% de 23,3% de pureza. Ademas, había diversos elementos para la manipulación y conservación y 46 euros en metálico. El valor de las sustancias podría haber alcanzado los 3.000 euros en el mercado ílicito.
Sin embargo, a pesar de que todo esto quedó probado, la sentencia recoge que «no ha resultado acreditado» que el acusado «destinase el producto de dicha plantación a nada más que a su propio consumo». Además, se determina la devolución al hombre del ordenador, la cámara y el dinero que le fueron incautados.
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