lunes, 21 de marzo de 2011

Consejos para la protección legal del cultivador y consumidor de cannabis

Consejos para la protección legal del cultivador


-Si la policía incauta tus plantas, debes pedirles que no las pesen si no está tu abogado presente (y si no tienes uno a quien llamar en ese momento, que esperen a que lo tengas, es tu derecho).

-A la hora de pesarlas, que el abogado se asegure de que sólo se pesa el material fumable (hojas y cogollos) y no ramas, tallo o raíces. Además, sería un puntazo que consiguiera que esperasen a que secase la hierba, lo más posible ya que al perder la humedad disminuye el peso de la hoja hasta en dos terceras partes.

-Si plantas en exterior, cuenta como atenuante que el terreno en el que estén las plantas esté vallado para que las plantas no puedan acabar en manos de terceras personas.

-Si encuentran en tu casa determinadas cosas (báscula, bolsitas de plástico, etc.) lo tomarán como un indicio de que traficas.

-Si plantáis entre varios muchas plantas, debéis estar dispuestos a compartir la responsabilidad en caso de marrón, no dejéis que sea uno sólo (normalmente el dueño de la casa o el terreno) el que cargue con el muerto.

-Es mejor prevenir que curar. Camufla bien tus plantas (especialmente si las cultivas en una terraza o un jardín). Recuerda que la mayoría de las actuaciones policiales vienen precedidas del chivatazo de algún vecino rencoroso o intolerante.

Introducción


Como seguramente sabes, el consumo de cannabis no está penado en España. Esta frase, que suelen repetir los responsables de la cruzada contra los consumidores que se salen de los cauces establecidos, es verdad. El consumo de cannabis no es castigado con la apertura de un proceso penal. Pero, como muchos sabéis de primera mano, la frase esconde la trampa de la sanción administrativa. Ésta, gracias a la Ley Corcuera permite sanciones de entre 300 y 3000 euros por consumo y/o tenencia ilícita de cannabis. Afortunadamente, las autoridades mantienen las sanciones al nivel más bajo y es raro que una multa por algo relacionado con el cannabis suba más allá de los 450 euros. Lo mejor en caso de multas es recurrir, y en caso de que te pillen cultivando, tener las ideas claras.



Tenencia y consumo. La Ley Corcuera.


¿Cualquiera puede ser multad@?
No nos engañemos. La policía para según las pintas que lleva la gente, así que los jóvenes que no vistan como los militantes de Nuevas Generaciones del PP tienen todas las papeletas para ser parados y registrados, en la calle, en un parque, en un control de carretera... En 1999 entre la Policía y la Guardia Civil pusieron 50.000 multas en el Estado, en 2000 cascaron 59.000 (18% más) y a esas habría que sumarle las de policías autonómicas, locales, etc. (como estimación, en 2000, la Policía Local de Madrid impuso 3.000 multas por tenencia y/o consumo de cannabis (en ese año, sólo sumando las de los tres cuerpos citados se pusieron al menos 170 multas al día). Nadie está a salvo. Mañana te puede tocar a ti.

¿Hay alguna cantidad mínima por la que no se imponga ninguna sanción?


No, en la AMEC hemos recibido multas de gente a las que les condenan a pagar 300 euros por 0,03 gramos de hachís que llevaban en el bolsillo (verídico, no nos hemos equivocado en ningún cero). Lo que la Ley Corcuera penaliza es la tenencia ilícita. Lo gracioso es que en España es imposible tener cannabis de manera lícita. La cantidad da igual (a partir de los 100 gramos los maderos se pondrán quisquillosos e intentarán averiguar si trapicheas) y también si es para ti solo o si lo vas a compartir con colegas. Un indicio de que traficas es llevar el chocolate cortado en varias piedras, así que ándate al loro si te ves en esas circunstancias.

¿Es posible librarse de una multa por tenencia de cannabis?


Afortunadamente sí. La AMEC dispone de una guía para recurrir. Estando atento a los plazos (para alargar lo más posible el procedimiento). Es muy probable que no te den la razón) en estas cosas la Administración es juez y parte interesada al mismo tiempo, pero es más fácil conseguir que prescriba el expediente (a los siete meses).


¿Qué es el recurso de alzada?


Es el tercer recurso en el proceso de alegaciones, el que se dirige al Ministerio del Interior. Aunque se te haya pasado el plazo para los otros recursos, envía este a su tiempo, dado que mientras que los otros dos los despachan en las provincias donde te han multado, en el Ministerio se juntan los recursos de toda España. Además de hacerles perder tiempo y dinero, ayudarás a que se salven otros fumetas que sí hayan hecho todo el proceso.
-¿Funciona lo de acogerse a un proceso de desintoxicación para escaquearse de la multa?
La desintoxicación es un timo. Si vas y cumples no pagarás la multa, pero no existe ningún proceso. Consiste en que estés sin fumar porros entre 2 y 5 meses (según el sitio) y depende de las ganas de putear que tengan te harán exámenes de orina y sangre más o menos sorpresas para asegurarse de que no consumes. Si caes en la tentación y rompes la abstinencia, recuerda que Hacienda te pedirá la pasta (probablemente con un recargo de propina).

¿Si no hay un tratamiento, por qué se hacen estas terapias?


Estos procesos tienen otro truco. El Plan Nacional sobre Drogas los usa para decir que el cannabis es adictivo porque en las encuestas hay un porcentaje de gente que acude a desintoxicarse (y se callan que ese porcentaje, si se pasa a números absolutos, coincide sorprendentemente con el de la gente que se libra de pagar la multa recurriendo a la desintoxicación). Es decir, la gente sólo se quiere desintoxicar cuando le cae una multa. Además, las subvenciones de muchas “asociaciones de lucha contra la droga” dependen de la gente que pase por esta farsa.

¿Dónde se puede recibir estos “tratamientos”?


Recomendamos ir a los Centros de Atención al Drogodependiente (C.A.D.) de la Comunidad de Madrid. Ahí va la gente con los problemas más chungos y tendréis más probabilidades de que se conformen con echaros una charleta sobre drogas (que nunca está de más escuchar, que esa gente sabe) y mandaros a casa sin andar con los análisis.

Consejo para conductores (basado en un caso real)


Si vais en coche, más de una persona, lleváis material y os para un control, una opción (si no os da tiempo a deshaceros de ello antes) puede ser dejar la china en el suelo del coche. La encontrarán y la requisarán, pero si ninguno reconoce ser su propietario, no sabrán a quien ponerle la multa. Llegados a este punto, lo más probable es que se la pongan a alguno de los dos al azar, algo que se vendría abajo fácilmente si recurrís, dado que en caso de duda, la sentencia debe beneficiar al acusado (in dubio pro reo) y no se puede sancionar si no se está seguro de que ése es el infractor.

Autocultivo de marihuana


Para el autocultivo es importante saber que no existe tampoco una cantidad mínima de plantas que se permita tener. El problema para los cultivadores es que muchas veces un número reducido de plantas da un peso muy sospechosos (por ejemplo, siete plantas pueden sumar cuarenta kilos). Esto ocurre porque muchas veces se pesa el tallo, las raíces, y si te descuidas, te cargan también el peso de la maceta. 

En caso de que el peso sea mucho, el fiscal solicitará al juez el inicio de un proceso por tráfico de drogas. Si no tenéis antecedentes, ni dinero negro, ni cosas raras, la misma investigación llevará al juez a determinar el archivo de la causa sin llegar a juicio en la mayoría de las ocasiones.

Eso sí, a diferencia de lo que ocurre en el caso de las sanciones por tenencia ilícita, puede ocurrir que el cultivador sea detenido, fichado y pase algunas horas en comisaría. Si eso ocurre, calma, saldréis en seguida.

Si se llega a esta situación, recordad este consejo de Homer Simpson: “si no sabes muy bien qué decir, mejor no digas nada y así al menos no empeorarás las cosas”.

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